
Lo que caracterisa el transporte marítimo es su gran capacidad a transportar todo tipo de mercancías y tamaños.
Gestión comercial:
Las compañías de navegación ofrecen diversos tipos de servicios. Se puede contratar en dos regímenes diferentes, dependiendo del volumen de mercancía a transportar: navegación libre o transporte marítimo en régimen de fletamentos o tramp y transporte marítimo de línea regular o liner.
Régimen de Navegación Libre o Fletamentos.
Hablamos de este tipo de régimen para volúmenes importantes, como miles de toneladas de petróleo, carbón, cereales. Etc.
Los contratos de explotación de buques más frecuentes de este régimen son:
- Fletamento a casco desnudo: Un contrato de arrendamiento de un buque por un tiempo determinado, en virtud del cual el arrendatario tiene la posesión y el control plenos del buque, incluido el derecho de designar el Capitán y la tripulación por el período de arrendamiento.
- Fletamento por viaje: una parte, el «fletante» o naviero, pone a disposición de otra, el «fletador», la totalidad de la capacidad de carga de un buque para un determinado viaje, a cambio de un precio denominado «flete».
- Fletamento por tiempo: es aquel contrato en virtud del cual una persona, «fletante», pone a disposición de otra, «fletador», y a cambio de un precio o «flete», un buque para la realización de aquellos viajes que esta última ordene durante un cierto período.
El contrato se concreta en un documento llamado «póliza de fletamento», P/F o charter party. En una póliza de fletamento, fletador y fletante acuerdan, entre otras cosas, el tiempo de plancha, que es el tiempo que el barco debe permanecer en puerto dedicado a las operaciones de carga y descarga.
Régimen de Línea Regular.
Cuando el cargador dispone de volúmenes de tamaño medio contenerizados (unas decenas de toneladas generalmente productos industriales y bienes de consumo), que no justifican el alquiler del caso anterior (en régimen de fletamentos), recurre a líneas marítimas de rutas fijas. Las líneas regulares tienen escalas en puertos fijos, sujetas a tarifas de conocimiento público y garantizan la duración del servicio a largo plazo, son las siguientes:
- Régimen de conferencias de fletes: son acuerdos entre armadores ofreciendo servicios de línea o regulares, en una determinada ruta o tráfico cuyo propósito es regular la oferta del servicio y proteger la posición de sus miembros en el mercado. El acuerdo usualmente tendrá ciertos límites geográficos: comprenderá a armadores que operan entre determinados puertos o regiones. Las empresas acuerdan tarifas de fletes comunes y otras características del servicio.
- Armadores independientes “outsiders”: no son parte de las conferencias de fletes, de las cuales son competidores directos y con costos más competitivos. Actúan, la mayoría de las veces, con líneas fijas, pero no están sujetos a regularidad en la frecuencia.
Coste del Transporte Marítimo:
Para determinar el flete marítimo se establece que la mercadería abona la tarifa según una relación peso/volumen, es decir la relación entre una tonelada y un metro cubico, y de ambos limites el mayor o el que más flete genere.
Recargos: Son valores adicionales que se aplican sobre la tarifa básica, para compensar las variaciones en los costos o en las operaciones de los buques. Fluctúan constantemente, y su aplicación por parte de las navieras, de algunos de ellos, dependerá de los puertos de destino.
Los principales son:
RECARGOS +
BAF: Bunker Adjustment Factor – Factor de Ajuste en los Precios del Combustible.
CAF: Currency adjustement factor- Recoge las fluctuaciones del valor de las divisas
CS: Congestion Surchage- Costes adicionales por congestión portuaria
CUC: Chasis Usage Charge – Uso de Chasis Utilizados para la Movilización de Contenedores.
THC: Terminal Handling Charge – Costo de Manipulación en el Terminal de Contenedores
Cruce del Canal de Panamá
DESCUENTOS -
PA:Pallet allowance: descuento por presentación de carga paletizada.
FCL: Full container load- Descuento por carga completa
Existen Fletes A.I. (All In – Todo Incluido): Que por lo general no cubren el costo del B/L (Bill Of Landing - Conocimiento de Embarque).
La contratación del flete en un tráfico regular incluye los gastos de carga, estiba, desestiba y descarga. En un tramping, es decir transportes no regulares y con fletes no uniformes que cumplen con el principio de la libre competencia, los gastos correspondientes a las operaciones de carga y descarga pueden incluirse o no en el flete cotizado por el armador.
Documentación requerida del transporte Marítimo:
- El Conocimiento de embarque o Bill of Lading (B.L.): Es el recibo que prueba el embarque de la mercancía. Sin este título no se puede retirar la mercancía en el lugar de destino.
- El Manifiesto de carga: Documento que contiene información respecto del medio de transporte, número de bultos, peso e identificación genérica de la mercancía que comprende la carga, que debe presentar todo transportista internacional en el momento de su llegada o salida del territorio aduanero.
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