lunes, 26 de noviembre de 2012

Orden de pago documentaria

Mandato que realiza el importador a su banco para que pague al exportador una determinada cantidad de dinero por transferencia una vez recibido los documentos que acrediten el envío de la mercancía.

Es un medio de pago que tiene un coste más elevado que la orden de pago simple y que exige cierta confianza en el importador.


Secuencia operativa:

  • El importador da una orden a su banco para que realice una transferencia bancaria a favor del exportador en cuanto reciba la documentación.
  • El exportador envía la mercancía pero no los documentos comerciales al importador por lo que el importador no podrá recoger la mercancía. 
  • El exportador envía a su banco los documentos acreditativos del envío de la mercancía quien a su vez los remite al banco del importador. 
  • El banco del importador revisa los documentos comerciales una vez efectuado su comprobación procede al pago a favor del exportador.


Riesgo:

  • La orden de pago documentaria es revocable (anulable por parte del importador) antes del momento de pago al exportador.
  • El exportador se arriesga a enviar la mercancía y no recibir el pago pero contrariamente a la remesa simple o la orden de pago simple el importador no podrá recoger la mercancía ya que no tiene en su posesión la documentación para poder retirarla.
  • No obstante, la mercancía se quedaría en la aduana o puerto internacional de destino, lo que supone para el exportador un gasto para poder recuperarla.






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